Auditoría del expediente
DiagnósticoHacemos balance de su fórmula, de sus pruebas existentes y de lo que falta.
Pruebas obligatorias, evaluación de la seguridad, expediente de información del producto (DIP) y notificación CPNP. Convertimos una obligación compleja en una conformidad serena, para un producto que usted puede vender con total tranquilidad.

Un cosmético comercializado en el mercado europeo compromete a una Persona Responsable e impone un expediente de seguridad completo. Un error, y llega la retirada del producto o el bloqueo de la venta. Nuestro oficio: que su producto sea irreprochable tanto sobre el papel como sobre la piel.








Coordinación de la estabilidad, la compatibilidad, el challenge test y los ensayos necesarios para la seguridad.
Evaluación de la seguridad del producto terminado a cargo de los profesionales con la competencia requerida.
Constitución del expediente de información del producto y notificación en el portal europeo CPNP.
Control de las reivindicaciones, del etiquetado y de la comunicación para no salirse del marco.
La reglamentación asusta porque se explica mal. Nuestro trabajo es hacerla sencilla y ponerle en regla, sin puntos ciegos.
Hacemos balance de su fórmula, de sus pruebas existentes y de lo que falta.
Coordinación de las pruebas reglamentarias y evaluación de la seguridad del producto.
Constitución del expediente de información del producto conforme al Reglamento 1223/2009.
Notificación CPNP y validación de las reivindicaciones: está listo para vender.

¿Qué marco se aplica?
El Reglamento (CE) n.º 1223/2009 - el mercado europeo.
¿Cuál es el entregable clave?
Un DIP completo + la notificación CPNP.
¿Para qué productos?
Producto nuevo, fórmula retomada o importación.
Cada expediente depende del producto y de su historial. Envíenos su fórmula y le diremos con precisión lo que hace falta.
El expediente de información del producto reúne toda la información de seguridad de un cosmético. Es obligatorio y debe mantenerse a disposición de las autoridades para cada producto comercializado.
Es la declaración de su producto en el portal europeo antes de su comercialización. Nos encargamos de ella por usted.
Sí. Auditamos su fórmula y sus pruebas, completamos lo que falta y constituimos el expediente.
Sí. Controlamos sus reivindicaciones y su etiquetado para que sean a la vez comerciales y defendibles desde el punto de vista reglamentario.
Sí, siempre que el producto se comercialice en el mercado europeo y requiera un expediente conforme.